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Ampliación del Programa Operador Económico Autorizado (OEA)

Se incorporan nuevos actores del sector y pautas procedimentales adicionales

Ampliación del Programa Operador Económico Autorizado (OEA)

En las últimas semanas, la Dirección General de Aduanas (DGA) y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializaron dos normativas que introducen diversas modificaciones al Programa Operador Económico Autorizado (OEA). Se trata de una figura creada en consonancia con los lineamientos del Marco Normativo para Asegurar y Facilitar el Comercio Global (SAFE), de la Organización Mundial de Aduanas (OMA).

La Resolución General 4439/2019 (DGA) –descargable haciendo click aquí– suma al Plan Piloto OEA a usuarios del Régimen de Aduana Domiciliaria, a exportadores habilitados para operar desde su planta y a importadores/exportadores considerados estratégicos a criterio de la DGA. Asimismo, modifica las pautas y procedimientos para que los operadores se adhieran a dicho Plan Piloto.

La Resolución General 4451/2019 (AFIP) –descargable haciendo click aquí– establece numerosas disposiciones al programa, de las cuales a continuación se detallan las más importantes:

Actores del comercio exterior que pueden ingresar: 
- Importadores/Exportadores
- Despachantes de aduana
- Agentes de transporte aduanero y transportistas
- Permisionarios de depósitos fiscales y terminales de carga
- Prestadores de servicios postales PSP/Couriers
- Demás sujetos del comercio exterior e integrantes de la cadena de suministro internacional

Categorías en las que puede clasificarse al operador:
- OEA Cumplimiento
- OEA Simplificación
- OEA Seguridad

Beneficios que se otorgarán al operador
- Capacitación en seguridad
- Espacio de diálogo OEA
- Publicidad de la categorización OEA
- Canal de atención exclusiva
- Prioridad ante contingencias
- Simplificación operativa
- Prioridad en fronteras
- Beneficios derivados de los acuerdos de reconocimientos mutuos (ARM)
- Garantías (el operador podrá contar con una garantía global que cubra su actuación)
- Selectividad (canal verde de selectividad, sin perjuicio de que la DGA aplique control selectivo inteligente rojo o naranja).
- Proceso sistémico de presentación y registros informáticos y documentales aduaneros
- Proceso físico-sistémico, remoto y selectivo de consolidación y/o desconsolidación

Finalmente, en diversos anexos se detallan:
- Procedimiento de solicitud de adhesión como Operador Económico Autorizado (OEA)
- Requisitos específicos a cumplimentar por importadores y exportadores
- Obligaciones del Operador Económico Autorizado (OEA)
- Suspensión a pedidos del OEA y Sanciones (Apercibimiento, Suspensión y Revocación)