BCRA - Convenio del Sistema de Pagos en Moneda Local con Paraguay
Así, Paraguay se suma a Brasil y Uruguay, países con los que el Central ya tenía convenios de pago en monedas locales
ES | EN
Así, Paraguay se suma a Brasil y Uruguay, países con los que el Central ya tenía convenios de pago en monedas locales
El Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó con fecha 17/06/2021, el reglamento operativo del Convenio del Sistema de Pagos en Moneda Local con el Banco Central de Paraguay (BCP), que comenzará a funcionar a partir del 22/06/2021, y que está destinado a la canalización de los pagos correspondientes a operaciones entre personas físicas o jurídicas, residentes, domiciliadas o con sede en los respectivos países.
Las operaciones que se podrán cursar a través del Sistema de Monedas Locales son anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos que se documenten en pesos argentinos, pagos de importaciones argentinas de bienes y servicios conexos, que se documenten en la moneda de curso legal del país de la contraparte; pagos de jubilaciones y otros beneficios previsionales a cargo de las instituciones previsionales de los países cuando exista un acuerdo bilateral suscripto entre las instituciones.
En el caso de la República del Paraguay, adicionalmente podrán ser cursadas las siguientes operaciones y sus devoluciones:
- Anticipos y cobros de exportaciones argentinas de bienes y servicios conexos a dicho país que se documenten en guaraníes; cobros de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes argentinos a residentes paraguayos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes; pagos de servicios no conexos al comercio exterior de bienes, excepto servicios financieros, prestados por residentes paraguayos a residentes argentinos y que se documenten en pesos argentinos o en guaraníes, ingresos y remisión de transferencias en concepto de ayuda familiar.
La entidad deberá requerir una declaración jurada del cliente a que la operación a cursar corresponde a aquellas comprendidas en este sistema y que cumplan las disposiciones específicas y generales que le resulten aplicables.
En forma diaria, los bancos centrales de Argentina y Paraguay publicarán la tasa de conversión para el valor de las operaciones.
Fuente: Banco Central de la República Argentina (BCRA)