CaCEC, exenta en el impuesto a las ganancias
No será pasible de retenciones y/o percepciones en el tributo
ES | EN
No será pasible de retenciones y/o percepciones en el tributo
El 2 de noviembre de 2021 la Administración Federal de Ingresos Públicos – AFIP- ha dado lugar a la admisibilidad formal de la Exención de nuestra Entidad en el Impuesto a las Ganancias por su carácter de Asociación Civil sin fines de lucro.
Por tal motivo, CaCEC no será pasible de retenciones y/o percepciones en el Impuesto a las Ganancias y/o, de corresponder, en el Impuesto al Valor Agregado.