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Circular 2/2020 (AFIP) - Certificados de Origen

Permiten presentación electrónica de los CO en forma temporal

Circular 2/2020 (AFIP) -  Certificados de Origen

En el marco de la Emergencia Sanitaria, y en virtud de los acuerdos firmados por Argentina en la Asociación Latinoamericana de Integración (ALADI) y los suscriptos con la República de la India, Egipto, SACU e Israel, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso que no será exigible, de manera temporal, la presentación de Certificados de Origen emitidos en el marco de dichos Acuerdos Preferenciales suscriptos por la República Argentina en “original”

Se aceptará, de manera temporal, la presentación de Certificados de Origen emitidos en el marco de los Acuerdos Preferenciales que hubieren sido transmitidos electrónicamente a los importadores argentinos.

Esta disposición se mantendrá vigente hasta que la Subsecretaria de Política y Gestión Comercial lo comunique.

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