Detalle Noticia

Circular Informativa del Área Operativa N° 2/2020

Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior 

Circular Informativa del Área Operativa N° 2/2020

DERECHOS DE EXPORTACIÓN 
Resolución General N° 4666/2020

Se sustituye el art. 4° de la Resolución General N° 4400/19 AFIP, relacionada con el derecho de exportación de servicios, que se determinará en dólares estadounidenses aplicando la alícuota del 5% sobre el importe que surja de la factura electrónica clase “E” emitida por la operación de exportación, ajustado por las notas de crédito y/o débito asociadas.
 
ara su conversión en pesos al momento de su ingreso, se deberá utilizar el tipo de cambio vendedor divisa del Banco de la Nación Argentina vigente al cierre del día hábil cambiario anterior a la fecha del pago del derecho de exportación.
https://ci.vuce.gob.ar/normativas/ver/334075


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General N° 4667/2020

  Que mediante el Título I de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública N° 27.541, se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, entre otras acciones, a implementar planes de regularización para las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas, a fin de promover la reactivación productiva.
  Que en este sentido, el Capítulo I del Título IV de la mencionada ley estableció un régimen de regularización de obligaciones tributarias, de los recursos de la seguridad social y aduaneras vencidas al 30 de noviembre de 2019 para aquellos contribuyentes que obtengan el “Certificado MiPyME” hasta el día 30 de abril de 2020, inclusive, así como para las entidades civiles sin fines de lucro.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/225017/20200131

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
Comunicación "A" 6882

Reemplazar con, vigencia a partir del 31.01.2020, el punto 7.1.1.3. del Texto Ordenado sobre las normas de “Exterior y cambios” por el siguiente:
60 días corridos para las operaciones con contrapartes vinculadas que no correspondan a los bienes indicados en los puntos 7.1.1.1. y 7.1.1.2. y las exportaciones correspondientes a los capítulos 26 
  Los exportadores que realizaron operaciones con contrapartes vinculadas que correspondan a bienes comprendidos en el punto 7.1.1.4, en las cuales el importador sea una sociedad controlada por el exportador argentino, podrán solicitar a la entidad encargada del seguimiento de la destinación que extienda el plazo hasta:
http://www.bcra.gob.ar/pdfs/comytexord/A6882.pdf


ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General N° 4671/2020

  Que la Resolución General N° 4.597 estableció el régimen de registración electrónica de operaciones de venta, compra, cesiones, exportaciones e importaciones definitivas de bienes y servicios, locaciones y prestaciones, denominado “Libro de IVA Digital”, permitiendo además que determinados sujetos presenten la declaración jurada mensual determinativa del impuesto al valor agregado de manera simplificada mediante el servicio denominado “PORTAL IVA”.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/225102/20200205?busqueda=1

Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.

CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
 05 de febrero de 2020