Circular Informativa del Área Operativa N°1/2024
Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
ES | EN
Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7952 – Exterior y cambios. Adecuaciones.
Se establece que las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios a clientes a partir del 10.2.24 para el pago de deudas por importaciones de bienes y servicios previas al 13.12.23 comprendidas en los puntos 1.5. y 2.4. de la Comunicación “A” 7917 y concordantes, en la medida que se cumplan los restantes requisitos normativos y se verifique la totalidad de las condiciones presentes en la comunicación.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7952.pdf
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “B” 12736 - Llamado a licitación de Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL).
Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que en el marco de la Comunicación “A” 7918, “B” 12695, “A” 7935, “C” 96983 y complementarias, el Banco Central de la República Argentina (BCRA) ofrecerá la segunda serie de instrumentos (BOPREAL Serie 2). Las ofertas serán canalizadas durante el miércoles 7 y jueves 8 de febrero a través de la rueda BPAL de SIOPEL en el horario de 11 a 15 hs.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/B12736.pdf
ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5481/2024
Se modifica el anexo "Condiciones de los planes de facilidades de pagos", y la tasa de interés de financiación que será la que resulte de aplicar el 50%, 60% o 100% sobre la tasa de interés resarcitorio.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302189/20240130
MINISTERIO DEL INTERIOR
Resolución 15/2024
Se aprueba el listado de sustancias controladas sujetas a cupos de importación en el marco del Decreto Nº 1609 de fecha 17 de noviembre de 2004, el que como Anexo I N° IF-2023-139222579-APN-SCCDSEI#MAD forma parte integrante de la presente. Todos los importadores/exportadores alcanzados por lo dispuesto en el artículo 4º del Decreto Nº 1609/04, así como toda persona física o jurídica interesadas en importar o exportar sustancias alcanzadas por la presente resolución deberán realizar su registro ante el REGISTRO DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE SUSTANCIAS QUE AGOTAN LA CAPA DE OZONO (RIESAO).
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302226/20240131
INSTITUTO NACIONAL DE VITIVINICULTURA
Resolución 2/2024
Cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementada por este Organismo, se tramitará sin presentación de muestras. Cuando la certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementada por este Organismo, requiera dictamen de la Comisión de Degustación del INV, se deberá presentar UN (1) ejemplar de muestra constituido por DOS (2) botellas de SETECIENTOS MILILITROS (700 ml) a NOVECIENTOS TREINTA MILILITROS (930 ml) o su equivalente en volumen si se trata de envases de menor capacidad, acompañado de UNA (1) copia del certificado analítico pertinente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/302223/20240131
BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA
COMUNICACIÓN “A” 7953 – Exterior y cambios. Adecuaciones y actualización del texto ordenado
Se agregan en anexo las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponde incorporar a la norma de referencia, atento a las disposiciones difundidas por las Comunicaciones “A” 7911, "A" 7915, "A" 7916, "A" 7917, "A" 7925, "A" 7935, "A" 7940, "A" 7941, "A" 7945, “A” 7952, “C” 96844, "C" 96983 y "C" 97065.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7953.pdf
Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.
CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
6 de febrero del 2024