Detalle Noticia

Circular Informativa del Área Operativa N°35/2023

Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior 

Circular Informativa del Área Operativa N°35/2023

BANCO CENTRAL DE LA REPLÚBICLA ARGENTINA.
COMUNICACIÓN “A” 7852 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

Se establece que en la confección de las declaraciones juradas previstas en los puntos 3.16.3.1. y 3.16.3.2. de las normas sobre “Exterior y cambios” no deberán tenerse en cuenta las ventas de títulos valores con liquidación en moneda extranjera en el país o en el exterior cuando la totalidad de los fondos obtenidos de tales liquidaciones se haya utilizado o será utilizada dentro de los 10 días corridos a las operaciones enumeradas en la presente comunicación.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7852.pdf


BANCO CENTRAL DE LA REPLÚBICLA ARGENTINA.
COMUNICACIÓN “A” 7851 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

Se incorpora el acceso al mercado de cambios para realizar pagos de importaciones de bienes realizados por el sector público nacional, todas las organizaciones empresariales, cualquiera sea su forma societaria, en donde el Estado Nacional tenga participación mayoritaria en el capital o en la formación de las decisiones societarias y los fideicomisos constituidos con aportes del sector público nacional y la entidad haya constatado que corresponde a una operación respaldada por una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” y a la cual se le asignó un plazo de 0 (cero) días corridos o corresponde a una operación que no requiere una declaración SIMI o SIRA en estado “SALIDA” para el registro de ingreso aduanero de los bienes.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7851.pdf

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5426/2023

Se implementa el Certificado de Origen Digital (COD) entre la República Argentina y la República de Colombia, conforme al Sistema Informático de Certificación de Origen Digital (SCOD) y en los términos de la Resolución N° 386 del Comité de Representantes de la ALADI, sus modificatorias y complementarias. Los exportadores de mercadería con destino a la República de Colombia y los importadores que ingresen mercadería originaria de ese país en el marco del Acuerdo de Complementación Económica N° 72, podrán tramitar el Certificado de Origen Digital (COD) conforme las pautas establecidas en la presente.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/295191/20230929

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Resolución General 5425/2023

Se instrumenta un régimen de facilidades de pago destinado a la regularización de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social -incluidos sus intereses y multas vencidas hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive y multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones, todo ello formulado hasta el 31 de agosto de 2023, inclusive.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/295190/20230929

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución 18/2023

Las operaciones de importación y exportación de fentanilo y/o sales de fentanilo quedarán sujetas a los lineamientos operativos que se establecen en la presente. Las operaciones de comercio exterior cursarán por canal rojo 100%, solo podrán ser realizadas por vía aérea y por el Aeropuerto Internacional Ministro Pistarini en jurisdicción de la Dirección Aduana de Ezeiza, dependiente de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras Metropolitanas.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/295264/20231002

PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR
Decreto 492/2023

Se prorroga, hasta el 25 de octubre de 2023, inclusive, el PROGRAMA DE INCREMENTO EXPORTADOR creado por el Decreto Nº 576 del 4 de septiembre de 2022 y restablecido en último término por el Decreto Nº 443 del 4 de septiembre de 2023.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/295254/20231002

Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.

CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
5 de Octubre del 2023