Detalle Noticia

Circular Informativa del Área Operativa N°45/2023

Nuevas Medidas que afectan la Operatoria del Comercio Exterior 

Circular Informativa del Área Operativa N°45/2023

MINISTERIO DE ECONOMÍA
Decreto 5/2023

Se designa en el cargo de Ministro de Economía al Licenciado en Economía Luis Andrés CAPUTO (D.N.I. N° 17.256.028).
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300724/20231211

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
Decreto 3/2023

Se designa en el cargo de Ministra de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto a la Licenciada en Economía Diana Elena MONDINO (D.N.I. N° 12.810.434).
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300722/20231211

MINISTERIO DE ECONOMÍA
Decreto 30/2023

Se designa, a partir del 12 de diciembre de 2023, en el cargo de Secretario de Comercio del MINISTERIO DE ECONOMÍA al licenciado en Economía Pablo Agustín LAVIGNE (D.N.I. N° 30.448.069).
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300851/20231214

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
Decreto 32/2023

Se designa, a partir del 11 de diciembre de 2023, en el cargo de Administradora Federal de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, organismo descentralizado actuante en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la abogada Florencia Lucila MISRAHI (D.N.I. N° 20.493.201)
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300853/20231214

LEY DE MINISTERIOS
Decreto 8/2023

Se modifica la Ley de Ministerios conforme su nueva estructura.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300727/20231211

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
COMUNICACIÓN “A” 7915 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

Se establece que, a partir del 11.12.23, toda operación de demanda de moneda extranjera en el mercado de cambios, incluidas aquellas de las entidades financieras y cambiarias, requiere conformidad previa del BCRA.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7915.pdf

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA.
COMUNICACIÓN “A” 7917 - Exterior y cambios. Adecuaciones.

No será necesario contar con una declaración efectuada a través del Sistema de importaciones de la República Argentina (SIRA) en estado “SALIDA” como requisito de acceso al mercado de cambios y ni convalidar la operación en el sistema informático “Cuenta Corriente Única de Comercio Exterior”. Las entidades podrán dar acceso al mercado de cambios sin necesidad de contar con la conformidad previa del BCRA para cursar pagos diferidos de nuevas importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero a partir del 13.12.23 cuando adicionalmente a los restantes requisitos normativos aplicables, se verifique que el pago respeta el cronograma de la presente comunicación.
https://www.bcra.gob.ar/Pdfs/comytexord/A7917.pdf

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS
Resolución General 5455-5456-5457-5458/2023

Se ubica en las Posiciones Arancelarias de la NCM que en cada caso se indican a las mercaderías detalladas en el Anexo, que se aprueba y forma parte de la presente.

https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300356/20231207
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300357/20231207
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300358/20231207
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300359/20231207

SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA
Resolución 1281/2023

Se autoriza, con carácter de excepción, a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución, por el transcurso de UN (1) año (o hasta que se complete el cupo autorizado), la importación, comercialización y uso de UN MILLÓN DOSCIENTAS MIL (1.200.000) dosis de vacuna viva atenuada naturalmente de virus anulado en la glicoproteína E (gE), que permite la diferenciación de animales vacunados de infectados con pruebas de laboratorio.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300352/20231207

MINISTERIO DE ECONOMÍA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA
Resolución 501/2023

Se aprueban los montos arancelarios que por retribución percibe el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA, organismo descentralizado en la órbita de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, correspondientes a los servicios prestados a terceros por las distintas unidades organizativas del citado Servicio Nacional, que se consignan en el Anexo I que, registrado con el Nº IF-2023-141752608-APN-DGTYA#SENASA, forma parte integrante de la presente resolución, a partir del 1 de enero de 2024.
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/300309/20231207

Nota: Informamos que estas Circulares están incorporadas en nuestra Web www.cacec.com.ar. Asimismo copias o ampliación de la información vertida en esta Circular podrá ser requerida al Área Operativa. Además autorizamos a reproducir total o parcialmente la información vertida en esta Circular, siempre que se cite la Fuente.

CaCEC - Cámara de Comercio Exterior de Córdoba
14 de diciembre del 2023

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