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Nuevas condiciones para el acceso al MLC en el pago de importaciones de bienes y servicios

Com."A” 7770 – “A” 7771  (B.C.R.A) – Exterior y Cambios

Nuevas condiciones para el acceso al MLC en el pago de importaciones de bienes y servicios

Con fecha 18.05.23, el Directorio del Banco Central de la República Argentina (BCRA) aprobó aplicar el sistema de prefinanciación de exportaciones al pago de importaciones, que permitirá mitigar los efectos producidos por la sequía, a través de la Comunicación “A” 7770.

El sistema que entra en vigencia, permite a las empresas que actúan tanto como importadoras y exportadoras financiar la compra de insumos con sus propios proveedores o con líneas de crédito internacional de bancos extranjeros o locales.

El funcionamiento del sistema sigue teniendo como punto de partida la SIRA aprobada, que es el instrumento que autoriza las importaciones.

Con este nuevo instrumento, se espera que las industrias puedan regularizar las cadenas de producción garantizando un flujo previsible y constante de insumos, a un costo financiero menor.

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Com. "A” 7771 (Modifica Com "A" 7766 y “A” 7433

•    Sólo tendrán acceso al MLC, aquellos pagos de importaciones de bienes que se encuentren dentro de lo dispuesto en los puntos 8.1. a 8.6. (excepciones) de la Com. “A” 7622 cuando se verifique lo siguiente: 

  •     El pago se corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” hasta el 11.5.23. 
  •    El pago con Registro de Ingreso Aduanero pendiente que corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” a partir del 12.5.23 y la entidad haya verificado que la declaración tiene asignado un plazo de 0 (cero) días corridos.

•    Se deroga la excepción establecida en el punto 2 de la Comunicación “A” 7433 para el código de concepto “S02. Servicios de fletes”. Se requerirá SIRASE en estado "APROBADA" para dar acceso al MLC y cursar el pago.

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Fuente: Banco Central de la República Argentina (BCRA)