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Nuevas condiciones para pagos de importaciones de bienes de consumo

 Com. A 7980 (BCRA) – Exterior y Cambios - Adecuaciones

Nuevas condiciones para pagos de importaciones de bienes de consumo

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), de acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A”7980 de fecha 14.03.24, ha dispuesto que se podrá dar acceso a importadores para cursar pagos de importaciones de bienes de la canasta básica de consumo, incorporando en el Texto Ordenado de Exterior y Cambios, como Inciso iii del pto.10.10.1.2 y pto.12.4, el detalle de las Posiciones Arancelarias de los productos que pueden cancelarse en forma total, a través del Mercado de Cambios (MLC), desde los 30 días corridos, contados a partir del registro de ingreso aduanero (RIA).

Entre los productos se encuentran: carne vacuna, porcina, aviar y ovina, embutidos, lácteos, conservas de pescado, hortalizas frescas y en conserva, frutas, café, té, yerba mate, arroz, harina de trigo, pastas, cereales para desayuno, galletitas, polenta, frutos secos, jugos, aceite de oliva, aceite de girasol, mayonesa, azúcar y cacao, entre otros.

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