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Nuevas medidas afectan los pagos de importaciones

Com. “A” 7553 (BCRA) – Exterior y Cambios 

Nuevas medidas afectan los pagos de importaciones

El Banco Central de la República Argentina (BCRA), de acuerdo a lo establecido en la Comunicación “A”7553 de fecha 21.07.22, ha dispuesto nuevas condiciones para el acceso al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) para los importadores que tengan que cumplir con sus obligaciones con el exterior:

  1. Se establece que, en adición al monto previsto en el punto 2.1 de la Com. “A” 7532 (USD 250K), podrán acceder al mercado de cambios, cumpliendo con los restantes requisitos y se verifique la totalidad de las siguientes condiciones:
  • Que la operación corresponda a importación de insumos que serán utilizados en la producción de bienes, embarcados en origen hasta el 27.06.22 y que han arribado al país, y que dicho acceso debe ser no antes de la fecha de pago que se acordó con el proveedor.
  • Dicha operación se encuadra en alguna de estas situaciones:

 

SIMI

Estado

 

SALIDA – vigente oficializada hasta el 03.03.22

A

Vigente y oficializada hasta el 27.06.22

C

  • Vigente y oficializada hasta el 27.06.22
  • Vigente y oficializada hasta el 27.06.22 y cumple con los requisitos del pto.10.14.2.3

B o C

Vigente oficializada hasta el 27.06.22 - LNA

 

 

  • DDJJ donde conste que, incluyendo el pago que se solicita, el monto total abonado no supera, en el conjunto de las entidades, USD 4MM (Dólares Cuatro millones). Si excede el monto indicado, deberá presentar DDJJ donde conste que el monto total abonado no supera los USD 20MM (Dólares Veinte millones), que no haya pagado más del 40% y se compromete a no solicitar acceso al mercado para el pago de la mitad del saldo, 90 días corridos y el resto a 120 días corridos, ambos desde la fecha del registro de ingreso aduanero.
  • Presentar un certificado de auditor externo, dejando constancia que las existencias de insumos o bienes finales elaborados no superarán los niveles que se requiere para su actividad normal.
  • DDJJ si participa en un acuerdo de precios por el Gobierno, tanto para la empresa como grupo económico.
  1. Se establece que se mantendrá el esquema vigente hasta el momento de la entrada en vigencia de la Com. “A” 7532, para las empresas del sector energético y/o empresas abocadas a la construcción de obras de infraestructura.
  1. Se eliminan del listado de PA de las NCM elegibles para SIMI categoría C, pero las SIMI que contengan bienes de dichas PA y que hayan obtenido la categoría C hasta el 21.07.22 continuarán habilitadas.

 

PA

Descripción

3901.10.10.100H

Con carga (plásticos y sus manufacturas)

3901.10.10.200N

Sin carga (plásticos y sus manufacturas)

3901.10.92.900V

Los demás

3901.20.19.000K

Polietileno de densidad superior o igual a 0,94 – Los demás

3901.20.29.900U

Los demás

3901.40.00.000K

Copolímeros de etileno y alfa-olefina de densidad inferior a 0,94

3902.10.10.000W

Polipropileno con carga

3901.30.00.100V

Copolímeros con etileno

3903.11.20.100R

Poliestireno en gránulos

3903.19.00.000M

Los demás

3904.10.10.000H

Policloruro de vinilo – obtenido por proceso de suspensión

           

  1. Quedarán comprendidos los bienes necesarios para la construcción de obras de infraestructura contratadas por el sector público nacional, aquellos que correspondan a las siguientes PA:

 

PA

Descripción

3810.90.00.100G

Flujos y demás preparaciones auxiliares de soldar metal

3901.20.19.000K

Polietileno de densidad superior o igual a 0,94 – Los demás

3902.10.10.000W

Polipropileno con carga

3902.30.00.900N

Copolímeros de polipropileno – Los demás

3907.30.19.100Q

Resinas epoxi – de los tipos utilizados para revestimientos de superficies

7218.99.00.000C

Acero inoxidable en lingotes- los demás

7229.90.00.000J

Alambre de los demás aceros aleados – Los demás

7304.19.00.900A

Tubos y perfiles huecos - los demás

7304.29.10.110J

De aceros sin alear – de acero grado J-55

7304.29.10.120M

De aceros sin alear – de acero grado N-80

7304.29.10.190Y

Los demás

7305.11.00.000Z

Tubos de los tipos utilizados en oleoductos o gasoductos – Soldados longitudinalmente con arco sumergido

9603.50.00.211K

Cepillos de alambre de acero – de mechones trenzados de forma circular de hasta 19mm de espesor – de diámetro exterior inferior o igual a 120 mm

 

  1. Para Servicios, se incorporan los pagos cursados por el código “S04 – Otros servicios de transporte” y servicios contratados por empresas dedicadas al transporte aéreo de personas por exigencias operativas de la ANAC.
  1. “Certificación de aumento de exportaciones de bienes” y “Certificación de aumento de los ingresos de cobros de exportaciones de servicios” también serán de aplicación para los exportadores que registren aumentos en el año 2023 respecto al año 2022.
  1. Se reemplaza el límite anual por el cual se puede emitir certificaciones de ingreso de nuevo endeudamiento financiero con el exterior en USD 20MM (dólares Veinte millones)

 

Para acceder al texto original, click aquí

 

Fuente: Banco Central de la República Argentina (BCRA)