RES. 68/2020 - FIRMA DIGITAL
Se autoriza por única vez la renovación de los certificados de firma digital sin trámite presencial
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Se autoriza por única vez la renovación de los certificados de firma digital sin trámite presencial
La Res. Nro. 68/2020 (Jefatura de Gabinete de Ministros – Secretaría de Innovación Pública) – establece que se autoriza, por única vez y como excepción a lo indicado en la “Política Única de Certificación v3.0” para la Autoridad Certificante de la OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (ONTI), la renovación de los certificados de firma digital emitidos por esa autoridad certificante a sus suscriptores, sin la exigencia de la presencia física ante las Autoridades de Registro para aquellos certificados cuyo vencimiento operará el día 22/10/2020.
Requisitos:
a. Los certificados a renovar deben encontrarse vigentes.
b. La solicitud de la renovación del certificado digital debe ser realizada por los suscriptores utilizando su certificado de firma digital vigente.
c. Los suscriptores deben contar con el dispositivo criptográfico de hardware (token) que tiene alojada su clave privada.
d. Los suscriptores deben conocer el PIN de su token.
e. Se deben mantener los mismos datos del suscriptor contenidos en el certificado original.
Entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
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