Res.1/2022 (ME - SC) – Licencias de Importación
Se establecen modificaciones en la Res. 523/17 (SC)
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Se establecen modificaciones en la Res. 523/17 (SC)
Con fecha 25/08/2022, se publicó en el Boletín Oficial, la Resolución 1/2022 de la Secretaria de Comercio, que depende del Ministerio de Economía, en la que se modifica el régimen para el trámite de las Licencias No Automáticas (LNA) y Licencias Automáticas (LA), en destinaciones de importación definitiva para consumo. Asimismo, se designa a la Subsecretaria de Política y Gestión Comercial de la Secretaria de Comercio como autoridad de aplicación.
Se sustituye el Anexo II y III de la Res.523/17 por el Anexo 1 y 2 de la presente resolución. Se derogan los anexos restantes de la Resolución 523/17.
• Pasan a LNA las siguientes posiciones arancelarias:
NCM |
Descripción |
0511.10.00 |
Semen de Bovino |
1905.32.00 |
Barquillos y obleas, incluso rellenos («gaufrettes», «wafers») y «waffles» («gaufres»)* |
1905.90.90 |
Los demás |
2208.30.20 |
Whisky - En recipientes con capacidad inferior o igual a 2 L |
2309.10.00 |
Alimentos para perros o gatos, acondicionados para la venta al por menor |
6810.19.00 |
Tejas, losetas, losas, ladrillos y artículos similares - Los demás |
7117.19.00 |
Bisutería - De metal común, incluso plateado, dorado o platinado - Los demás |
8302.10.00 |
Bisagras de cualquier clase (incluidos Los pernios y demás goznes) |
8302.41.00 |
Los demás, para muebles |
8302.50.00 |
Colgadores, perchas, soportes y artículos similares |
8467.29.93 |
Martillos |
8467.29.99 |
Las demás |
8470.50.19 |
Cajas registradoras - Las demás |
8471.50.90 |
Unidades de proceso, excepto las de las subpartidas 8471.41 u 8471.49 - Las demás |
8471.60.52 |
Teclados |
8471.60.53 |
Indicadores o apuntadores (por ejemplo: «mouse» y «trackball» |
8471.80.00 |
Las demás unidades de máquinas automáticas para tratamiento o procesamiento de datos |
8473.30.42 |
Placas (módulos) de memoria con una superficie inferior o igual a 50 cm2 |
8504.40.10 |
Cargadores de acumuladores |
8510.20.00 |
Máquinas de cortar el pelo o esquilar |
8517.62.99 |
Aparatos para la recepción, conversión, emisión y transmisión o regeneración de voz, imagen u otros datos, incluidos los de conmutación y encaminamiento («switching and routing apparatus» - Los demás |
8518.22.00 |
Varios Altavoces (altoparlantes) montados en una misma caja |
8518.29.90 |
Los demás |
8523.51.90 |
Dispositivos de almacenamiento permanente de datos a base de semiconductores - Los demás |
8525.80.29 |
Cámaras digitales y videocámaras - Los demás |
8802.12.10 |
Helicópteros - Los demás |
8802.20.10 |
Aviones y demás aeronaves, de peso en vacío inferior o igual a 2.000 kg - A hélice |
9504.30.00 |
Los demás juegos activados con monedas, billetes de banco, tarjetas bancarias, fichas o por cualquier otro medio de pago, excepto los juegos de bolos automáticos («bowlings») |
9504.50.00 |
Videoconsolas y máquinas de videojuego, excepto las de la subpartida 9504.30 |
9506.91.00 |
Artículos y material para cultura física, gimnasia o atletismo |
9608.20.00 |
Rotuladores y marcadores con punta de fieltro u otra punta porosa |
Comenzará a regir a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial.
Para acceder al texto original, click aquí
Fuente: PCRAM