RES.GRAL 4764 (AFIP / DGA) Valores Referenciales de Exportación
Se busca evitar maniobras de subfacturación de exportaciones
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Se busca evitar maniobras de subfacturación de exportaciones
La RG Nro.4764 establece los valores referenciales de exportación de las mercaderías indicadas en el Anexo I con destino a los países indicados en el Anexo II, ambos de la presente resolución general
Será de aplicación a partir del segundo día hábil administrativo, inclusive, posterior al de su publicación en el Boletín Oficial.
La exportación de cebolla es el primer rubro alcanzado a través de esta Resolución General de AFIP/DGA. El nuevo valor referencial para la exportación de cebolla se fijó en USD 0,19 dólares por kilo. De esta forma, toda exportación declarada por debajo de ese precio puede activar una investigación de la Dirección General de Aduana.
A partir del análisis de distintos complejos productivos e industrias, la Aduana comenzará a establecer, en las próximas semanas, nuevos valores de referencia.
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