Se eliminan derechos de exportación para MiPyMEs
Decreto 302/21 (NCM) – Derechos de Exportación
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Decreto 302/21 (NCM) – Derechos de Exportación
Con fecha 08/05/21 se publicó el Decreto 302/201 que desgrava de derechos de exportación a las exportaciones que realicen las MiPyMEs, definidas en el art.2° de la Ley N° 24.467 y sus modificatorias, con respecto a mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR (NCM) detalladas en el Anexo I.
Entre los aspectos más importantes del Decreto, se destaca lo siguiente:
1) Monto anual (valor FOB) del beneficio: no podrá superar los USD 500.000, inclusive.
2) Exportaciones mayores a USD 500.000 y hasta la suma de USD 1.000.000, inclusive: En este caso la alícuota del DE que se deberá abonar será equivalente al 50% de la que corresponda, según su posición arancelaria. No alcanza a operaciones por cuenta y orden de terceros
3) Condición: Las MiPyMES podrán acceder a este beneficio siempre que las exportaciones que hayan realizado en el año calendario inmediato anterior no hubieran excedido la suma equivalente a USD 3.000.000, o no hubieran realizado exportaciones en el período de tiempo citado.
4) Requisitos: Las empresas deberán encontrarse inscriptas en el Registro de Empresas MiPyMEs y contar con Certificado MiPyME vigente
El decreto entrará en vigencia con fecha 09/05/2021, con efecto para las exportaciones que se realicen a partir de esa fecha.
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